jueves, 20 de marzo de 2014

Sobre la colegiación obligatoria FAQ

Sobre la colegiación obligatoria en Asturias : dudas y algunas posibles respuestas.

1. ¿Es obligatorio estar colegiado?
Sí, es obligatorio para trabajar como enfermero en cualquier lugar del España, tanto en la red pública como en la privada, salvo que se desarrollen exclusivamente funciones administrativas bajo tutela de la administración pública. 

2. Si me dedico a otras tareas no asistenciales ¿Tengo que estar colegiado?
Sí, si son funciones propias de la profesión, aunque habría que analizar cada caso concreto. Por ejemplo yo interpreto que es obligatorio estar colegiado si ocupas un puesto de Supervisor, pero no si lo ocupas de Profesor. Aún así habrá que ver por donde van los tiros...

3. Para trabajar en Asturias ¿Tengo que estar colegiado en el Ilustre Colegio de Enfermería de Asturias?
SI. Uno puede estar colegiado en cualquier colegio de enfermería de España, eso le habilita para trabajar en cualquier lugar del Estado, incluida Asturias obviamente. Pero según los estatutos, tienes que estar colegiado allí donde ejerzas. En caso de que cambies de comunidad, tienes que pedir traslado.

4. ¿Por qué ahora es obligatorio estar colegiado y hasta hace poco no?
No. Nunca dejó de ser obligatorio, al menos desde la Ley 2/1974 de Colegios Profesionales, manteniéndose esta condición en las sucesivas reformas de la misma.
Lo que ha venido ocurriendo es que el Ppado. de Asturias estableció a finales de 2003, mediante una Ley Autonómica, la exención de esa obligatoriedad de estar colegiado aunque sólo para el personal al servicio de la Administración regional, sus organismos y entes públicos. Osea, dejó de ser obligatorio el estar colegiado si trabajabas en el SESPA y demás entidades públicas.
Inmediatamente se presentó un recurso de inconstitucionalidad, lo presentó el Presidente del Gobierno  ante el Tribunal Constitucional, a través de la Abogacía del Estado. Este recurso originó una sentencia, el 28-2-2013, que decide anular la exención de colegiación establecida  por el Ppado. de Asturias ya que no tenía competencias para ello.
Podemos interpretar que nuca dejó de ser obligatorio el estar colegiado, aunque hubo un paréntesis de casi 10 años durante el que se permitió el no estar colegiado.

5. Si solicité darme de baja en el Colegio ¿Debo de darme de alta ahora?
Sí. Ya que es obligatorio estar colegiado, salvo las excepciones anteriormente comentadas.

6. Si nunca me colegié y llevo trabajando varios años como enfermera ¿Debo de darme de alta ahora?
Sí. Ya que es obligatorio estar colegiado, salvo las excepciones anteriormente comentadas.
7. Al darme de alta ¿Pueden cobrarme algún dinero en concepto de cuota de inscripción?
Sí. Pueden, y obviamente lo harán. Lo que no pueden es cobrar una cantidad abusiva que, aunque no está especificada no debe sobrepasar el coste de un trámite administrativo. Lo normal es que cobren una cuota de inscripción de unos 300 euros, aunque a día de hoy cada colegio cobra lo que quiere y la información suelen darla sólo si preguntas directa y personalmente.
Una opción valorable, ya que uno puede colegiarse en cualquier lugar de España, es hacerlo en aquel que menor cuota de inscripción tiene.

8. Si me dí de baja en el colegio ¿Pueden cobrarme otra vez algún dinero en concepto de cuota de inscripción?
Sí. Pueden, y obviamente lo harán. Es como cuando uno se da de baja en una compañía de telefonía o un gimnasio, y luego vuelve a darse de alta.  Lo que no pueden es cobrar una cantidad abusiva que, aunque no está especificada no debe sobrepasar el coste de un trámite administrativo. Lo normal es que cobren una cuota de inscripción de unos 300 euros, aunque a día de hoy cada colegio cobra lo que quiere y la información suelen darla sólo si preguntas directa y personalmente.
Una opción valorable, ya que uno puede colegiarse en cualquier lugar de España, es hacerlo en aquel que menor cuota de inscripción tiene.

9. Llevo trabajando varios años y nadie me pidió el estar colegiada así que no estoy colegiada ¿Debo colegiarme? 
Sí. Ya que es obligatorio estar colegiado, salvo las excepciones anteriormente comentadas.
No tengo ninguna duda que si no estás colegiada, implacablemente el Colegio dará contigo. Muchos compañeros han recibido cartas "amigables" "invitándoles" a regularizar su situación.
Si te has descolegiado, el Colegio tiene tus datos y te va a reclamar que "pases por la oficina y vuelvas al redil".
Si nunca has estado colegiada o incluso si sólo lo has estado en otro colegio, lo tienen más difícil, pero es cuestión de tiempo que den contigo. No tengo dudas de que también darán contigo. El Colegio muy probablemente le pida a todos los entes y organizaciones sanitarias la relación de profesionales que tienen contratados y luego cotejarán esos datos con los suyos para ver quienes no están colegiados.

10. Me dí de baja cuando dejó de ser obligatorio ¿Pueden reclamarme el pago de cuotas atrasadas?
No. Si te diste de baja no pueden cobrarte ningún cargo por cuotas "supuestamente" atrasadas. 
Lo único que puede hacer el Colegio es obligarte a que te colegies, realmente lo que puede hacer es obligar a quien te contrate a que sólo lo haga si está colegiada o que corrija esa situación. 
Tanto si te diste de baja cuando era legal el no estar colegiado (desde que lo dijo la Ley 6/2003 del Ppado. de Asturias hasta la sentencia del Tribunal Constitucional de 28 de febrero de 2013), como si te diste de baja ayer o en cualquier otro momento, el colegio sólo puede obligarte al pago de 4 cuotas atrasadas para no perder la condición de colegiado. Si dejas de pagar 4 cuotas, dejas de estar colegiado y además deben de comunicártelo.
El problema viene cuando la solicitud de baja no ha sido formulada, esta no ha sido debidamente cumplimentada,  el colegio la ha rechazado o no ha comunicado la pérdida de la condición de colegiado.
Habría que estudiar cada caso concreto, pero considero que el colegio tiene bastante difícil la vía judicial para reclamar cantidad alguna. Aún así habrá que ver por donde van los tiros. Por cierto los sindicatos están todos muy calladitos...






1 comentario:

  1. Pregunto si estas de baja es obligatorio seguir pagando la cuota del colegio de enfermeria.

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