viernes, 29 de enero de 2016

El helado equivocado...

Recientemente han salido informaciones sobre una polémica en el Colegio Oficial de Arquitectos de Asturias, cuya Junta Directiva tuvo que someterse a una moción de confianza ante el rechazo a sus presupuestos presentados ante el resto de colegiados. enlace a la noticia

Podrán imaginar nuestra cara de asombro ante semejante conducta. Ya quisiéramos para nosotros un Colegio Profesional como el que tienen los arquitectos.

No nos pudimos contener y nos metimos en Internet a curiosear los servicios e información que ofrecen a sus colegiados...     acceso a su página web

Ahí ya se nos cayó el alma a los pies... no hay color, la comparación con el  CODEPA no resiste el envite.   enlace
Esta gente ofrece servicios de verdad, información relevante, no sólo para los propios colegiados sino para el resto de la sociedad, incluso tiene una activa obra social...
Nuestra cara de sana envidia se quedó más o menos de esta guisa (sí, las enfermeras somos el chico detrás del que se ha llevado el premio gordo) :


Y cuando uno se pone a leer cómo se organiza el Colegio de Arquitectos, en base a una normativa perfectamente articulada que no deja espacio para las numerosas trampas y barrabasadas a las que por desgracia estamos demasiado habituadas las enfermeras. 
Intentaré resumir aquí lo más relevante, por si D. Emilio o su delfín D. Alfonso Román tuvieran a bien abrir la puerta del CODEPA y permitir que ese rancio olor naftalina desaparezca. 

Sin ir más lejos, la Asamblea General de colegiados, sí esa que a nosotros nos ponen en el peor día y horario posibles, podemos contemplar con sana envidia lo que hacen en el colegio de arquitectos:

 Artículo 28.—Concepto: La Asamblea General del COAA, debidamente convocada y constituida, es el órgano máximo de expresión de la voluntad colegial y se compone de todos los colegiados(...) Las Asambleas ordinarias se celebrarán una en el mes de mayo y la otra en el mes de Diciembre. 
Osea, no tienen una o ninguna asamblea al año, TIENEN DOS!! 

Pero sigamos, que la cosa es aún más sonrojante:
Artículo 29.—Competencias: 
1. La Asamblea General del COAA es el único Órgano competente para aprobar o modificar los Estatutos o Reglamentos, para fijar las contribuciones y aprobar los presupuestos y cuentas colegiales, así como para controlar la gestión de todos los Órganos y Agrupaciones Colegiales

2. Será competencia obligada de la Asamblea Ordinaria a celebrar en el mes de mayo: 
a) Conocer y sancionar la Memoria que la Junta de Gobierno le presente resumiendo su actuación durante el año anterior. Asimismo, conocerá la gestión de los demás organismos y comisiones del Colegio y los acontecimientos de mayor relieve en la vida profesional que hayan tenido lugar en dicho tiempo. No sólo se somete a aprobación de los colegiados el presupuesto sino también las explicaciones de en qué se ha gastado el dinero y qué se ha hecho con el presupuesto...
b) Conocer y aprobar definitivamente la liquidación de los presupuestos y las cuentas anuales de cada ejercicio vencido, así como la distribución del resultado obtenido en el mismo. 
c) Discutir, y en su caso votar, las demás propuestas y asuntos que figuren en el orden del día. 
d) Ruegos, preguntas y proposiciones que podrán dar lugar en su caso, a la toma en consideración del asunto para su inclusión en el orden del día de la siguiente asamblea ordinaria. Así que aquí el colegio de arquitectos se obliga a atender en la Asamblea anual, las propuestas y preguntas de sus colegiados. ¿Alguno se acuerda del punto de preguntas y respuesta en las asambleas del CODEPA?
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Y hablando de la convocatoria... esto es para echarse a llorar:
Artículo 30.—Convocatoria de la Asamblea General: 
1. Las sesiones ordinarias de la Asamblea General del COAA habrán de ser convocadas por la Junta de Gobierno públicamente mediante el Boletín Colegial con un mes de antelación a su celebración, y las extraordinarias con un mínimo de siete días. En la convocatoria se hará constar el lugar, día y hora de su celebración, así como la hora para concluir la sesión. El orden del día será elaborado por la Junta de Gobierno y se remitirá con siete días de antelación. Igualmente en los siete días anteriores se encontrará en el COAA, a disposición de los colegiados, la documentación que sea antecedente de los asuntos a tratar. 
2. En el orden del día de las Asambleas Ordinarias se incorporarán, junto a los puntos obligados conforme a los presentes Estatutos, las propuestas que hayan formulado por escrito los colegiados en los diez días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria
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Tranquilo, estimado lector, coja aire y continúe salivando:
 Artículo 36.—Duración de los cargos: 1. Conforme a los presentes Estatutos, la duración ordinaria del mandato de los miembros de la Junta de Gobierno será de tres años, salvo cese extraordinario.











Aquí uno de los indiscutibles jitazos de los estatutos del Colegio de Arqtitectos:
Artículo 46.—La cuestión de confianza: 
1. El rechazo de la Memoria de Gestión obliga a la Junta de Gobierno a plantear la cuestión de confianza, en sesión extraordinaria de la Asamblea General convocada al efecto en el plazo máximo de siete días naturales. 
2. Igualmente, en el caso que la Junta de Gobierno someta su proyecto de presupuesto a votación en la Asamblea General Ordinaria del mes de diciembre y no se aprobase el mismo, deberá presentar una cuestión de confianza conforme a lo dispuesto en el apartado anterior de este artículo, permaneciendo el anterior presupuesto prorrogado hasta la aprobación del nuevo. 
3. En cualquiera de los dos supuestos anteriores, si se obtiene la confianza ésta no conlleva la aprobación del presupuesto ni de la memoria de gestión, quedando obligada la Junta de Gobierno a presentar un nuevo presupuesto a la Asamblea General en el plazo de cuarenta días naturales, quedando los presupuestos anteriores prorrogados. 
4. En el caso de que se deniegue la confianza o que, pese a obtener la confianza, el nuevo presupuesto tampoco resulte aprobado, la Junta de Gobierno deberá publicar, en el plazo de siete días naturales desde la denegación de la confianza o la no aprobación el nuevo presupuesto, la convocatoria de elecciones generales extraordinarias para el nombramiento de una nueva Junta de Gobierno, las cuales tendrán lugar entre los treinta y los cuarenta días naturales desde dicha publicación.
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Resumiendo: Si no se aprueba el presupuesto, elecciones. si no se aprueba la memoria de gestion, elecciones. Si no se aprueba una moción de confianza, elecciones....

Y claro si hablamos de elecciones, vemos las diferencias entre unos estatutos pensados para la regeneración y transparencia como son los de los arquitectos, y los del CODEPA, que parecen diseñados para perpetuarse en el poder... (los del CODEPA no los ponemos aquí por higiene):
Artículo 53.—Candidaturas: 
1. Las candidaturas a Junta de Gobierno del COAA serán abiertas y completas o incompletas, incluyendo los cargos a elegir y especificando el cargo al que concurran.  
2. Junto a la candidatura se presentará un programa electoral de actuación, que será publicado en el Boletín Colegial.
  
Y el sistema de votación... eso suena a música celestial comparado con lo que se puede uno imaginar en el CODEPA. Y digo imaginar pues, no ha habido votaciones desde hace 30 años... 
Artículo 54.—Votaciones: 
1. Las elecciones se iniciarán a las diez de la mañana del día señalado para ello y durarán ininterrumpidamente hasta las cinco de la tarde. 
2. El voto electoral es libre, igual, directo y secreto y se ejercita personalmente, acreditando su personalidad, o por correo certificado
3. El voto también podrá ser ejercitado telemáticamente o por correo electrónico una vez que, de conformidad a la legislación aplicable a la materia, también sea desarrollado reglamentariamente.
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Sí, ha leído usted bien. No tienen miedo en el colegio de arquitectos a que ningún colegiado les exija un teléfono móvil o un ordenador portátil gratuitos como contrapartida a permitir el voto telemático. Debe de ser porque manejan esa nuevas tecnologías que según la Junta Directiva del CODEPA las enfermeras aún ignoramos.

Conclusión: 
Elegimos el helado equivocado. Si estás a tiempo, cambia de profesión. Si no es tu caso: cambia tu profesión.
humor

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